Un duro revés judicial sufrió Cristina Fernández de Kirchner. El Tribunal Oral Federal 7 rechazó un pedido de la defensa de la ex presidenta para anular el juicio oral por la causa de los cuadernos de la coima.
Los jueces Enrique Méndez Signori, Fernando Canero y Germán Castelli señalaron: “No se advierte vicio alguno que haya privado a la parte de conocer los hechos que se le atribuyen, la prueba en que se sustenta la imputación y la valoración que de ella ha efectuado la acusación y consecuentemente que se haya conculcado el derecho de defenderse adecuadamente a la imputada”
Los cuadernos de las coimas: la Corte Suprema rechazó los recursos de Julio De Vido y de Carlos WagnerLa resolución subrayó que los planteos “en todo caso, podrán ser materia de discusión en su ámbito natural que no es otro que el juicio oral y público y que caracteriza a nuestro sistema procesal de acuerdo a la Constitución Nacional”, consignó el portal Infobae.
La ex vicepresidenta fue procesada como jefa de una asociación ilícita que recaudaba dinero entre los empresarios que hacían negocios con el Estado. También sus funcionarios y los empresarios.
El juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli concentraron un ramillete de causas, algunas que ya existían, otras que se abrieron con las declaraciones de los arrepentidos, que sumó más de un centenar de imputados. “Estamos frente a una asociación ilícita que fue comandada por Néstor Kirchner y Cristina Elisabeth Kirchner”, escribió el fallecido juez al elevar el caso a juicio.“No se trata de una ‘persecución judicial’, sino de una verdadera investigación judicial”.
Ecos del fallo que benefició al primo de Mauricio Macri: crítica del periodista que investigó la causa "Cuadernos de las Coimas"La defensa de la ex mandataria solicitó que se declarara la nulidad parcial del requerimiento de elevación a juicio formulado por el Ministerio Público Fiscal, así como también la del auto de elevación a juicio y la de todos los actos posteriores que resultan su consecuencia.
También reclamó que “se haga lugar a la excepción de litispendencia” (un planteo que se produce cuando dos o más procesos judiciales se están llevando a cabo en paralelo sobre el mismo asunto).